El Ministerio de Trabajo indicó que las empresas tienen como plazo hasta este domingo 15 de julio para realizar el pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias, y en caso que no se cumpla, pueden ser sancionadas con multas de hasta 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Es preciso indicar que tienen derecho a percibir gratificaciones los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada con contratos a plazo indeterminado, sujetos a modalidad o de tiempo parcial. También gozan de este beneficio los socios-trabajadores de las cooperativas de trabajadores.
Por otra parte, es necesario recordar que las gratificaciones por Fiestas Patrias no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de ninguna índole, con excepción de aquellos descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
DATO
Es importante indicar que las trabajadoras del hogar también reciben este beneficio, el cual debe ser equivalente a medio sueldo.
